Si su empresa factura menos de un millón de euros y no es patrimonial, a partir de 2023 tributará en el Impuesto sobre Sociedades a un tipo de sólo el 23%.
Proyecto. Si los Presupuestos Generales del Estado para 2023 se aprueban en los términos del actual proyecto que se ha hecho público, a partir de dicho ejercicio las empresas que en el período impositivo anterior hayan tenido un importe neto de la cifra de negocios inferior al millón de euros podrán tributar a un tipo impositivo de sólo el 23% (en lugar del 25% actual). ¡Atención! Este tipo reducido no será aplicable a las empresas que tengan el carácter de entidad patrimonial .
Cifra de negocios. Si su empresa forma parte de un grupo de empresas, a la hora de determinar su cifra de negocios deberá tener en cuenta la cifra de negocios de dicho grupo (recuerde que para calcularla es preciso descontar las operaciones intragrupo). Apunte. Asimismo, para determinar la cifra de negocios:
- Se suman . Compute las ventas de bienes o servicios habituales en la actividad –sin incluir el IVA– y añada las subvenciones vinculadas directamente al precio de dichos bienes o servicios.
- Se restan . Reste las devoluciones de ventas, así como los rappels y los descuentos otorgados.
Operaciones no habituales. Al determinar la cifra de negocios, no deberá computar las ventas de inmovilizados utilizados en la actividad, ni las subvenciones para realizar inversiones, ni los ingresos financieros (salvo que su empresa se dedique a prestar servicios financieros).
Posponer ventas. Si prevé que la facturación de su empresa en 2022 va a superar por poco el millón de euros, tal vez le interese posponer alguna venta, retrasando la entrega de los bienes o la prestación del servicio hasta principios de 2023. Apunte. Ello le ayudará a no alcanzar el límite del millón de euros y a disfrutar del tipo del 23% en 2023 (recuerde que la cifra de negocios que se debe tener en cuenta para disfrutar del tipo reducido es la del ejercicio anterior).
Coste financiero. En cualquier caso, si retrasar alguna venta también le va a suponer una demora en la recepción de los fondos, tenga en cuenta el coste financiero de dicha demora, el cual podría reducir el ahorro obtenido y hacer que tributar al 23% no le beneficie tanto.
El nuevo tipo reducido no es aplicable a entidades patrimoniales. Si su empresa forma parte de un grupo, deberá tener en cuenta su cifra de negocios.
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